Por Diva Criado Pacheco. Madrid 11.12.2008. Invitada por la Universidad de Zaragoza para dictar la Cátedra de Protocolo Internacional y Diplomático en los cursos de verano, he tenido la oportunidad de familiarizarme con la importancia de los símbolos emblemáticos de las instituciones, entendiendo que desde tiempos inmemoriales los pueblos han necesitado relacionarse unos con otros.
En esas relaciones se han utilizado diferentes medios de comunicación, muchas veces convertidas en auténticas ceremonias con gran contenido no verbal. Esos contenidos no verbales, son los que se utilizan como símbolos para que prevalezca el espíritu que guía la Misión y Visión de cada una en particular, y con el objeto de resaltar la dignidad de los mismos, basándose en la costumbre y en las tradiciones que pueden incluso, superar normas y reglas en determinados momentos y situaciones.
El significado del símbolo se relaciona con la actividad de la institución como una señal de identidad, y responde a directrices acerca de su funcionamiento. Tan importante es el emblema de una institución, que se reglamenta su uso.
En el caso de la Cruz Roja Internacional, el emblema está regulado como principal instrumento por los convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949, y sus protocolos adicionales I y II de 1977, y un III protocolo adicional a los convenios anteriores, aprobado en conferencia diplomática en diciembre del 2005 en Ginebra, para solventar los inconvenientes denunciados por estados y colectivos de socorro, quienes rechazaban el uso de esos emblemas, aduciendo que ninguno garantizaba la protección de quien lo ostentaba.
Estos protocolos alertan y sancionan el comportamiento de los combatientes y la protección civil contra el efecto de las hostilidades, tanto que en el art. 12 numeral G se “limita el empleo de la cruz roja y de la media luna roja únicamente a las personas y bienes autorizados a ostentarlos” y prohíben la utilización del emblema en casos como : “… capturar a un adversario valiéndose de medios pérfidos como es simular que se posee un estatuto de protección, mediante el uso de signos y emblemas…”.Según el diccionario internacional de los conflictos armados publicados por el CICR, constituyen perfidia los actos que apelan a la buena fe del adversario, con la intención de engañarlo, haciéndole creer que tiene derecho u obligación de conceder la protección que estipulan las normas de derecho internacional.
El Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) ha reiterado en varias oportunidades la importancia de respetar el emblema de la cruz roja, como un signo protector que permite a sus representantes acceder a las zonas más afectadas por el conflicto armado. Los símbolos de la Cruz Roja, la Media Luna Roja o el más reciente el Cuadrado Rojo o Cristal Rojo, fueron escogidos en un largo y cuidadoso proceso de selección y su uso desprovisto de connotaciones políticas, religiosas o de conflicto armado. No hay que olvidar que los emblemas reconocidos tienen un significado equivalente y deben beneficiarse del mismo trato y protección que el ordenamiento jurídico de un Estado. Su violación es considerada como un Crimen de Guerra.
Llama la atención, de ser cierta, que en el rescate a los rehenes de las FARC, que liberó a Ingrid Betancourt y a tres estadounidenses en la misión militar denominada “Operación Jaque”, presuntamente se utilizaron los emblemas de la cruz roja sin autorización, lo cual dejaría mal parados ante la comunidad Internacional a los miembros del ejército colombiano que participaron en la operación.
Y es curioso por la insistencia de la Cruz Roja Internacional, invocando mediante comunicados de prensa en reiteradas ocasiones, que “no recibió ninguna solicitud, ni participo en la operación”, un signo claro que evidencia, que se violó la utilización del emblema de la institución que por demás representa la neutralidad y la imparcialidad, sin connotaciones políticas ni religiosas. Este hecho serio en sí mismo, no solo representa la utilización incorrecta del símbolo, sino que debilita sin lugar a dudas la neutralidad que se predica y es un escollo que mina su credibilidad.
En este caso para el Ejército de Colombia, el fin no justifica los medios. El comportamiento de quienes utilizaron los símbolos sin autorización no debe volver a repetirse, no se puede alegar en su defensa que fue un acto humanitario de naturaleza individual, y mucho menos pecar de ignorancia. El caso aún no se ha cerrado veremos qué repercusiones tendrá.
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